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Estructura organizativa y de toma de decisiones de
la RCADE
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Esquema de estructura organizativa y de toma de
decisiones de la RCADE definida por seis elementos:
1.1 Nodo Local:
Es un espacio autodefinido, autogestionado y autoorganizado.
Él decide como como se estructura y organiza, así como
las actividades que lleva a cabo.
El Nodo Local es la base política y organizativa
de la RCADE y toma sus decisiones en asamblea local.
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1.2 Nodo Regional:
Es un espacio de coordinación formado y
definido libremente por un grupo de nodos locales de la RCADE. Responde
a un territorio próximo y concreto pero que no necesariamente
coincide con la división administrativa del estado.
Cada nodo regional debe designar una oficina regional
técnica que asegure la coordinación logística
de sus nodos y los flujos de información horizontales de la
red, en especial con los que no mantiene conexión telemática.
Así, el Nodo Regional - RCADE se define
como un espacio político de toma de decisiones a nivel regional
a través de asambleas regionales si así lo deciden los
nodos que la componen. En caso contrario, se limita a ser un espacio
donde se recoge el sentir de cada nodo local.
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1.3 Nodo Estatal:
Es un espacio de coordinación estatal formado
por todas las regionales de la RCADE y se reúne física
o virtualmente para tomar decisiones, siempre bajo el marco del consenso.
Los nodos locales de cada regional deben definir
el nivel de representatividad que dan a los delegados regionales en
el nodo estatal. Si es total, puesto que ya existe una dinámica
de asambleas regionales, o si sólo traslada el sentir de cada
uno de los nodos locales que componen su regional (caso de Madrid).
Así, el Nodo Estatal -RCADE se define como
un espacio político de toma de decisiones a nivel estatal,
pero que sólo ejerce su potestad en la toma de decisiones cuando
concurren circunstancias no previstas anteriormente en los encuentros
estatales.
Las principales funciones del Nodo Estatal -RCADE
son:
- dirigir la operativa de la oficina estatal
- garantizar que la oficina estatal cumpla con
sus funciones
- elaborar el programa de los encuentros estatales
- delegar la coordinación de los talleres
de los encuentros estatales
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1.4 Oficina estatal:
La Oficina Estatal -RCADE es un espacio de coordinación
estatal de carácter puramente técnico y operativo, y
no de toma de decisiones (a diferencia del nodo estatal). Está
formada por un equipo de voluntarios de la RCADE (liberados o no)
que trabajan en un espacio físico concreto.
El Encuentro aprueba y designa a una regional como
responsable de la gestión y ubicación de la oficina
estatal en el nodo que ella considere oportuno. La Oficina Estatal
no podrá permanecer en la misma regional por más de
dos años consecutivos. Pasado ese tiempo otra regional, con
la aprobación y designación de un Encuentro, deberá
asumir la gestión y ubicación de la nueva oficina estatal.
La función de la Oficina Estatal es garantizar
la articulación y coordinación estatal de la RCADE asegurando
la ejecución de las decisiones tomadas en los encuentros. Para
ello, toda la RCADE debe asegurar la operatividad de la misma, es
decir, dotarla de los recursos necesarios (tanto humanos como materiales)
para hacer posible la realización de sus tareas, incluyendo
la posibilidad de contratar personal técnico si se considerase
necesario.
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1.5 Comisiones Estatales:
Las Comisiones Estatales son equipos de trabajo
sobre ámbitos o cuestiones concretas relacionadas con actividades,
acciones y/o campañas desarrolladas por la RCADE. Son equipos
abiertos (a todos los miembros de la RCADE), descentralizados (formados
por miembros de diferentes regionales y/o nodos) y autónomos
(en el marco de las decisiones tomadas en los encuentros), remitiéndose
al nodo estatal cuando sea necesario.
Toda la RCADE debe dotar a las Comisiones Estatales
de los recursos necesarios para asegurar su operatividad.
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1.6 Encuentros:
Los Encuentros son el máximo órgano de
decisión de la RCADE. Son asambleas generales estatales abiertas
a la asistencia y participación de todos sus miembros.
La organización logística de los Encuentros
es rotativa, debe pasar por todas las regionales (si es posible) y
no puede estar a cargo de una misma regional dos veces consecutivas.
La regional organizadora es aprobada y designada en el Encuentro anterior.
La toma de decisiones en los Encuentros es por consenso.
Si no es posible, se decide por votación uninominal (una persona,
un voto) mayoritaria de las 2/3 partes de la asamblea. Si de ese modo
tampoco es posible tomar una decisión, la cuestión queda
pendiente para una próxima ocasión (ver propuesta de
mecanismo de toma de decisiones a través de votaciones por
internet, en anexo 1, adjunto a este documento).
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