Seguimiento
de los procesos penales y administrativos derivados de los hechos
El día 26 de Noviembre de 2000 la RCADE
convoca una manifestación en Madrid a la que acuden unas
2000 personas para reclamar al Gobierno la Abolición de la
Deuda Externa. Paralelamente el equipo estatal de acciones lleva
a cabo una acción directa no violenta, se intenta colgar
una pancarta en las puertas del Congreso de los Diputados mientras
unas 400 personas se sientan en las escaleras y resisten pacíficamente
la llegada de la policía.
La carga policial es, según palabras del
Ministro del Interior, "desproporcionada"; los porrazos,
patadas, insultos y golpes en la cabeza se prolongan, en un intento
de provocar la retirada o la respuesta violenta por parte de los
manifestantes, pero ninguna de las dos se produce. Según
reconocen las multas que nos imponen y se puede constatar en los
vídeos y fotografías que se tomaron, los manifestantes
permanecen en actitud no violenta y no responden a las agresiones
de la policía.
Resultados de esta acción fueron: La detención
de 7 personas a las que se abre un proceso penal A estas mismas
7 personas se les sanciona administrativamente (multas) Más
de 200 manifestantes resultan heridos Se sanciona a otras 2 personas;
curiosamente ni durante la acción, ni después, ni
a lo largo de las movilizaciones de ese fin de semana la policía
les pidió la documentación; por tanto no se les identificó
legalmente, aún así la sanción llega a sus
casas y con sus datos completos. (¿?)
Las acusaciones: Las 7 personas detenidas son acusadas
de "atentado contra la autoridad" y se les abre un proceso
penal. Se les abre un proceso administrativo por los mismos hechos;
las multas ascienden a 200.000 pesetas. Las 2 personas que no fueron
identificadas por la policía, son acusadas de "correr
arriba y abajo en la manifestación" "proferir gritos
a favor de la Abolición de la Deuda Externa" e "instigar
a los otros manifestantes a resistir pacíficamente los golpes
y posibles insultos de la policía". Total: 200.000 pesetas
cada uno.
Nuestra respuesta: La RCADE responde legalmente
a las acusaciones a través de dos abogados y en la calle
convocando una concentración pacífica.... 58 manifestantes
apoyados por los partes de lesiones interponen otras tantas denuncias
contra la policía por agresiones. Se recurre la existencia
de dos procesos abiertos (penal=juicio + administrativo=multa) contra
las mismas personas (los 7) por los mismos hechos, no se admite
el recurso. Se recurren las sanciones los 2 miembros de RCADE no
identificados, tampoco se admiten y las multas siguen vigentes.
Convocamos una concentración el viernes siguiente a los hechos
en la C/Preciados bajo el lema "Contra la violencia en el Congreso
y por la Abolición de la Deuda Externa."
La concentración: El día 1 de Diciembre
de 2000 la RCADE convoca una concentración pacífica
en la C/Preciados de Madrid para denunciar públicamente la
agresión que sufrieron 200 personas en las escalinatas del
congreso y para reiterar su apuesta por la no violencia. Se elige
esta calle por ser una zona peatonal y en ningún momento
se impide el paso de los viandantes. La policía en ningún
momento se acerca a la concentración, ni hablan con ningún
miembro de RCADE.
Cuando el recital termina, varias personas ayudan
a recoger los materiales y es entonces cuando miembros de la policía
secreta piden la identificación a 4 de ellas. Argumentan
que "los palos de las pancartas (algunos varillas de plástico
del grosor de un bolígrafo) pueden ser utilizadas como armas."
Resultado de todo esto: Se abren procesos administrativos
contra 4 personas, 3 de las cuales NO son miembros de RCADE. Se
les acusa de Manifestación ilegal (no fue una
manifestación, fue una concentración) y de ser
miembros destacados de esta red. Las multas ascienden a 200.000
pesetas cada una.
A día de hoy: Los abogados han seguido recurriendo
las multas (las 7 + 2 del Congreso y las 4 de la concentración
de Preciados): Tras ignorar el primer recurso, se admite en el segundo
que no pueden mantenerse abiertos procesos administrativos y penales
a las mismas personas por los mismos hechos ( son los 7 detenidos
del Congreso) y se paralizan no se retiran- las multas. Las
multas a las otras 2 personas han sido sobreseídas, también
tras dos recursos. Se admite que no se produjeron desordenes públicos
y que no fueron instigadores de nada, pero tras reconocer esto e
inexplicablemente se les sanciona con 25.000 pesetas. Posteriormente,
tras recurrir ambas multas al Tribunal de lo Contencioso-Administrativo,
el juzgado retira una de estas multas. El resultado de la otra sentencia
aún no ha sido emitido.
El segundo recurso contra las multas de las 4 personas
de la concentración Preciados es admitido y se retiran las
multas. Las denuncias por agresiones de los manifestantes contra
la policía están siendo distribuidas por diferentes
juzgados de Madrid, el abogado intenta que todas sean admitidas
en uno sólo para que se juzguen juntas. El día 25
Mayo se presentaron juntas las 40 de personas que no son de Madrid.
En resumen: 6 personas están a la espera
de juicio y con un proceso sancionador paralizado, si bien todo
parece mostrar que dichos procesos van a ser archivados. Sigue vigente
una de las multas de 25.000 ptas (a menos que la decisión
del Tribunal considere que no hay que pagarla). Se están
gestionando las denuncias de 58 personas contra la policía.
El abogado ha realizado 14 recursos y otras muchas gestiones que
se están cubriendo con fondos de la caja de resistencia.
Los enjuiciados están siendo llamados a declarar. Seguimos
sin ser escuchados por el Gobierno.
JUICIO A UNO DE LOS DETENIDOS EN LA ACCIÓN
NO VIOLENTA EN EL CONGRESO
Mientras la RCADE seguía sin tener noticias
nuevas del proceso abierto contra la Policía, uno de los
detenidos el 26 de noviembre fue convocado a juicio. Se le acusaba
de atentado contra la autoridad y lesiones contra un policía
nacional. El fiscal pedía dos años de cárcel
y 210.000 ptas. de multa.
El juicio tendría que haber tenido lugar
el 21 de mayo. Sin embargo, por incomparecencia de los testigos
de la acusación, todos ellos policías, el juicio fue
suspendido. En dicha ocasión, la defensa solicitó
que la juez se pronunciara sobre cuántos testigos de la defensa
iba a aceptar y quiénes serían. Asimismo, se le pidió
que dijera si el video que las agencias informativas habían
grabado a las puertas del Congreso iba a ser admitido como prueba.
La juez no quiso responder a ninguna de estas cuestiones, lo que
supuso, en especial en el primer caso, un grave perjuicio para la
RCADE, ya que reducía el número de testigos disponibles.
En efecto, muchas personas que habían presenciado a los hechos
no podían testificar. Al no habérseles convocado oficialmente
al juicio, no tenían la posibilidad de pedir el permiso correspondiente
para faltar ese día al trabajo. Asimismo, los testigos que
podía presentar la defensa se reducían ahora a las
personas que residían en Madrid: muchas personas procedentes
de otros puntos del Estado encontraban grandes dificultades para
ausentarse de su trabajo y desplazarse tantos kilómetros
sin tener ninguna seguridad de que la juez iba a aceptarlos como
testigos.
Ese mismo día, unos minutos antes de la
hora prevista para el juicio, ante las puertas de los Juzgados de
la Plaza de Castilla un grupo de integrantes de la RCADE realizaron
una acción simbólica denunciando la indefensión
a la que se ven abocados los movimientos sociales ante la represión
que sufren los colectivos que luchan por una sociedad más
justa. "Desnudos antes, desnudos ahora" era el lema que
guiaba la acción simbólica, queriendo señalar
con esta expresión la similitud entre lo vivido durante la
violenta carga policial en el Congreso y lo sucedido en este momento.
Para la espectacular acción, los miembros de la Red Ciudadana
por la Abolición de la Deuda Externa (RCADE) usaron sus propios
cuerpos desnudos sobre los que llevaban pintados lemas alusivos
a la libertad de expresión.
El 9 de julio era la nueva fecha para el juicio.
Esta vez los testigos de la acusación sí que estuvieron
presentes. No obstante, no podría decirse que el juicio se
celebró con normalidad: la juez había pedido protección
policial y varios miembros de la Guardia Civil, armados con porras
y pistolas reglamentarias, estaban dentro de la sala. Esta actitud
sorprendente por parte de la magistrada resultaba inquietante: ¿tenía
la juez una opinión previa sobre el juicio antes de escuchar
a los testigos?, ¿no suponía la solicitud de protección
una desconfianza, si no una animadversión, frente al acusado
y la RCADE? Por otra parte, éste no fue el único hecho
que evidenciaba un ambiente tenso desde los inicios: a pesar de
que quedaban asientos vacíos, sólo a una pequeña
parte de las personas que quisieron presenciar el juicio se les
permitió entrar; asimismo, ya comenzada la vista, la juez
ordenó expulsar de la sala a uno de los presentes debido
a su indumentaria (tal vez se refería -la magistrada no llegó
a aclararlo- a su pantalón corto).
Durante el juicio, pudo evidenciarse la falta de
solidez de los testimonios de la Policía. Sólo uno
de los testigos, el que decía haber sufrido la lesión,
dijo poder identificar al supuesto agresor. El resto confesó
que no había visto nada. Por otra parte, ninguno de los policías
presentes reconoció haber usado las porras contra los manifestantes,
a pesar de la evidencia de lo contrario, tal y como se muestra en
las imágenes grabadas en vídeo por EFE y Europa Press.
Asimismo, uno de los interrogados confesó que había
sido apartado del servicio a raíz de las imágenes
transmitidas por la televisión. Por otra parte, los testigos
de la acusación alegaron que, antes de la carga policial,
intentaron por todos los medios disuadir a los manifestantes rogándolos
amablemente que se fueran, algo que de nuevo desmienten por completo
las imágenes grabadas por las agencias informativas. Incluso,
ante la pregunta de si los manifestantes habían actuado con
violencia, llegaron a decir que sí ya que se agarraban muy
fuertemente entre ellos al intentar separarse: es evidente que agarrarse
fuertemente al compañero o a la compañera mientras
se corean lemas a favor de la libertad de expresión no es
un acto violento, y mucho menos una agresión contra los agentes,
sino un acto de resistencia pasiva, de resistencia pacífica,
no violenta. No obstante, a pesar de la escasa credibilidad de estos
testimonios, la sentencia consideró culpable al acusado y
aceptó íntegramente la pena solicitada por el fiscal.
No puede hacerse una valoración cabal de
esta sentencia si no se tienen en cuenta determinados hechos acaecidos
durante el juicio. Mientras que la juez aceptó todos los
testigos de la acusación, en cambio, sólo dejó
hablar a dos de los testigos de los 10 que presentó la defensa,
lo cual supone un evidente perjuicio para el acusado. Por otra parte,
y lo que es quizás aún más significativo, rechazó
como prueba el video grabado por Europa Press y Agencia EFE, argumentando
que era un documento político y no neutral (no obstante,
cabe preguntarse qué interés podrían tener
estas agencias en mostrar como culpables a los agentes del cuerpo
de antidisturbios, ya que fueron ellas y no la RCADE quienes grabaron
el video). Unas imágenes, que habían llevado al entonces
Ministro del Interior a considerar la actuación policial
como desproporcionada (el acta de Congreso correspondiente tampoco
fue aceptada como prueba), unas imágenes que hicieron que
uno de los policías fuera apartado del servicio, habían
sido rechazadas sin más por la magistrada, que no quiso verlas.
Llama la atención el hecho de que la sentencia
considere que la defensa no pudo probar "una supuesta extralimitación
abusiva de los agentes de Policía Nacional en el ejercicio
de su autoridad", cuando precisamente las imágenes grabadas
en video son la mejor muestra de ese abuso por parte de los agentes:
en efecto, las imágenes dan fe de una actitud extraordinariamente
violenta por parte de la policía y no muestran ni un solo
indicio de violencia en la actitud de los manifestantes. No sorprende,
por tanto, que la juez emita esta sentencia cuando se rechazan las
pruebas que precisamente podrían mostrar la inocencia del
acusado y el carácter no violento de la acción.
Ante estos hechos, la RCADE ha decidido recurrir
la sentencia por considerarla injusta tanto en su resultado como
en sus procedimientos, ya que no se nos ha tratado con imparcialidad
desde el mismo momento en el que se han rechazado pruebas vitales
para el juicio y se ha producido un trato desigual que nos perjudica
en lo que respecta a los testigos. Por otra parte, no podemos dejar
de constatar que se ha actuado con mayor rapidez contra uno de los
manifestantes que contra los policías implicados, a pesar
de que las pruebas que inculpan a estos últimos son evidentes.
Asimismo, al igual que los cientos de apoyos estatales
e internacionales que hemos recibido de personas y colectivos de
todo tipo, al igual que se muestra en el gran número de firmas
recogidas, exigiendo la total absolución del acusado, la
RCADE considera que la sentencia es también una sentencia
contra la libertad de expresión y contra la posiblidad de
construir un mundo más justo. Consideramos además
muy grave que, más allá de las irregularidades del
juicio, se pueda condenar a dos años de cárcel a una
persona por participar en una manifestación no violenta.
Resulta sumamente inquietante que la prisión sea el lugar
reservado para alguien que sólo quería dejar oír
su voz por una causa justa y solidaria como es la abolición
de la deuda externa de los países empobrecidos.
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